La Fiscala Nacional Econmica (FNE) aprob este jueves, en Fase 1 de investigacin y sujeta al cumplimiento de medidas de mitigacin, la operacin de concentracin consistente en un acuerdo de asociacin pblico-privado entre Corporacin Nacional del Cobre de Chile (Codelco) y Sociedad Qumica y Minera de Chile S.A (SQM). La operacin sometida al conocimiento de la Fiscala consiste en un acuerdo entre Codelco y SQM para la creacin de un t venture destinado a las actividades de extraccin, produccin y comercializacin de los minerales provenientes del Salar de Atacama, principalmente hidrxido y carbonato de litio. El t venture contempla dos etapas diferenciadas para su istracin. Durante el primer perodo, que va entre 2025 y 2030, ser controlado por SQM y durante el segundo perodo, que se extiende entre 2031 y 2060, su control estar en manos de Codelco. "Estamos muy satisfechos con esta resolucin, porque confirma que la asociacin avanza segn lo planificado", coment Mximo Pacheco, presidente del directorio de Codelco. Riesgos para la competencia Tras analizar en profundidad las condiciones de competencia en los mercados de produccin y comercializacin de carbonato e hidrxido de litio, la FNE verific que la operacin poda reducir sustancialmente la competencia, dado que implicara la creacin de un nuevo vnculo estructural entre actores actuales y futuros de la industria del litio dentro del mediano a largo plazo, lo que podra incrementar los riesgos de coordinacin y de a informacin comercialmente sensible entre competidores. En respuesta a estos riesgos identificados por la FNE, Codelco y SQM ofrecieron una serie de medidas de mitigacin con el objeto de restringir los posibles flujos de informacin comercial sensible que podran producirse a propsito de la operacin y de sus acuerdos relacionados. Estas medidas, que fueron consideradas por la Fiscala como proporcionales, idneas y efectivas, contienen compromisos de reporte peridico que permitirn el monitoreo de su cumplimiento. Las medidas de mitigacin Los remedios ofrecidos por Codelco y SQM abarcan la configuracin del gobierno corporativo del t venture y su estructura de control, en lnea con el sentido y alcance que la Fiscala ha dado a la normativa de interlocking contemplada en el artculo 3 letra d) del Decreto Ley N 211 de 1973 (DL 211), que prohbe la participacin simultnea de una persona en cargos ejecutivos relevantes o de director en dos o ms empresas competidoras entre s, y que a su vez, exige a los agentes econmicos que son competidores un deber de cuidado preventivo y purgatorio basado en su estricto cumplimiento. Lo anterior tambin es consistente, dice la FNE, con la sentencia dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia el 14 de abril pasado, en la cual conden a Juan Hurtado Vicua, Consorcio Financiero y Larran Vial por infringir la prohibicin de participacin simultnea de un mismo director o ejecutivo relevante en dos o ms empresas competidoras, acogiendo un requerimiento presentado por la FNE en diciembre del 2021. De esta manera, respecto del t venture se ampli la prohibicin de interlocking a aquellas personas que desempean el cargo de empleado y a quienes han prestado asesoras en el mercado del litio dentro del ltimo ao. As tambin, los directores y ejecutivos relevantes del t venture deben asumir como propios los compromisos asumidos por las partes ante la Fiscala, comprometindose especialmente a no compartir con terceros informacin comercial sensible de la empresa. Respecto al accionista controlador del t venture, qued establecido que, adems de comprometerse a no compartir informacin comercial sensible del t venture con terceros, debe instar a sus directores a asumir compromisos equivalentes. En tal sentido, considerando la existencia del artculo 3 letra d) del DL 211, que prohbe la participacin simultnea de una persona en cargos ejecutivos relevantes o de director en dos o ms empresas competidoras entre s, las medidas obligan al accionista controlador a instar a que sus directores declaren que no se desempean como directores o ejecutivos relevantes en un competidor de la industria del litio, as como posibles vnculos con competidores en trminos ms amplios que dicha normativa, y a informar a la Fiscala en caso de no recibir dicha declaracin. "Esto reviste especial relevancia para esta Fiscala en su rol de velar por el estricto cumplimiento del DL 211, particularmente de su artculo 3 letra d), dada la actual estructura accionaria de uno de los constituyentes del t venture -SQM-, en cuya propiedad participa un competidor de la industria del litio", explic la FNE. Monitoreo de medidas Para monitorear y fiscalizar la observancia de las medidas, una vez perfeccionada la operacin, la Divisin de Fiscalizacin de la FNE iniciar una investigacin que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de los compromisos adoptados por las partes. Considerando el mandato legal de la Fiscala, que es proyectar si una operacin de concentracin producir una reduccin sustancial de la competencia, en este caso la aprobacin del acuerdo entre SQM y Codelco sujeta a medidas de mitigacin no se refiri a otros aspectos, tales como la conveniencia econmica y financiera del acuerdo ni a la idoneidad de la eleccin de los socios que celebran el acuerdo. As, el pronunciamiento de la FNE tampoco alcanz posibles restricciones verticales derivadas del contrato de opcin preferente de compra (offtake) de productos potsicos -mediante el cual SQM adquirira el 100% de la produccin de cloruro de potasio del t venture-, considerando que el contrato no es rio a la creacin de ste y a que la operacin no genera un cambio significativo respecto de las condiciones de competencia en el mercado del cloruro de potasio. Sin perjuicio de ello, atendiendo a las condiciones competitivas constatadas en la industria de fertilizantes potsicos, la Divisin Antimonopolios de la FNE dio inicio a una investigacin con miras a determinar la posible existencia de infracciones a la normativa de libre competencia en el mercado de productos potsicos en el pas. El informe y la resolucin de aprobacin de la operacin, junto con las medidas de mitigacin que condicionaron su aprobacin, estarn disponibles en la pgina web de la FNE una vez confeccionadas las versiones pblicas de los mismos. 6x7320
Fuente: Cooperativa (Chile)